El Intendente dio a conocer nuevas medidas restrictivas por el covid-19
Este 9 de abril, el intendente José Irigoyen firmó la Resolución 131/21 que tendrá una vigencia de 10 días, a través de la cual, se establece la prohibición de todo tipo de reuniones sociales y familiares, en un número mayor de seis personas, con excepción de las llamadas «Burbujas Familiares», o para asistencia de familiares mayores o enfermos.
No obstante ello, se reafirma la vigencia de la restricción horaria de circulación y de todo tipo de actividad no esencial en los horarios comprendidos entre las 00.00hs. de lunes a viernes y de 02.00hs. a 06.00hs. sábados, domingos y feriados, salvo en casos justificados, de urgencia y/o fuerza mayor.
Por otra parte, se dispuso también cortar la circulación vehicular en calle Berón de Astrada, sobre todo en los tramos donde más aglomeración de personas o largas hileras de personas se produzcan. Asimismo, se reafirma la vigencia de la Resolución Municipal 109/21, la cual cabe mencionar habilita la práctica deportiva y recreacional de fútbol, tenis, básquet, vóley, rugby, golf, artes marciales, natación, hockey, polo, equitación, paddle, entrenamiento físico y/o funcional al aire libre, ciclismo, handball, y/o cualquier otra con la restricción de la no permanencia en el lugar luego de finalizada la actividad.
Esta Resolución, la 109/21, en vigencia desde el 31 de marzo, también autoriza la apertura de gimnasios, academias de danzas y similares, que deben hacerlo pero con un 50 por ciento de su capacidad, por turnos y conforme al lugar habilitado. En caso de los gimnasios las actividades deben hacerse con barbijo. Continúan vigentes también los bares, rotiserías y deliverys, pudiendo funcionar de lunes a viernes hasta las 00.00hs. y los sábados, domingos y feriados hasta las 02.00hs.
En este sentido, los bares podrán seguir funcionando con un máximo de 10 mesas de 4 personas cada una afuera del local, excepto en los casos de «burbujas familiares», el cual podrá exceder dicho límite de personas por mesa. Las celebraciones religiosas en Iglesias y Templos siguen autorizadas conforme al cumplimiento al protocolo correspondiente y a las autorizaciones otorgadas por Bromatología.
Siguen vigentes las restricciones horarias de circulación y de todo tipo de actividad no esencial en los horarios comprendidos entre las 00.00hs. y las 06.00hs. de lunes a viernes y de 02.00hs. a 06.00hs. los sábados, domingos y feriados. No se encuentran autorizados los eventos, campeonatos y/o espectáculos deportivos con o sin público. Y una vez más, se ratifica la obligación de acogerse estrictamente a los protocolos correspondientes de prevención, como la utilización correcta del barbijo, distancia social, higiene de manos, para todas las actividades habilitadas.