Permiten llevar mascotas en trenes y colectivos de larga distancia: qué animales se podrán trasladar y bajo qué condiciones

POR: LUCRECIA MANCUELLO
El Gobierno nacional oficializó una medida largamente esperada por miles de usuarios: a partir de ahora se permitirá el traslado de mascotas en trenes y colectivos de larga distancia de jurisdicción nacional. La decisión quedó plasmada en la Resolución 2076/2025 del Ministerio de Economía, publicada este martes en el Boletín Oficial.

Se trata de un cambio histórico que regula por primera vez una práctica que hasta ahora estaba prohibida o solo se autorizaba de forma excepcional, con el objetivo de garantizar seguridad, bienestar animal y convivencia con los pasajeros.

¿Qué animales se pueden llevar?

La norma define como animal doméstico a todo animal de compañía que conviva con el ser humano en un entorno hogareño, sin fines comerciales ni de consumo.

👉 Se permiten mascotas como perros y gatos, siempre que cumplan las condiciones establecidas.
🚫 Quedan excluidos los animales con otros fines y no se modifica el régimen de los perros guía o de asistencia, que continúan viajando bajo su normativa específica y sin costo.

Condiciones de traslado

Las mascotas deberán viajar:

  • Dentro de un contenedor o transportín cerrado, adecuado para el traslado animal

  • Garantizando salubridad, ventilación y seguridad

  • Ubicado:

    • Sobre la falda del pasajero

    • Debajo del asiento delantero

    • O en el asiento contiguo a la ventana, asegurado con cinturón de seguridad

  Reglas clave:

  • Un solo animal por pasajero mayor de edad

  • Un solo animal por transportín

  • El dueño es responsable de la custodia, higiene, salud y comportamiento del animal durante todo el viaje

 Documentación obligatoria

Para abordar, será obligatorio presentar:

  • Certificado de vacunación antirrábica

  • Otras certificaciones sanitarias que exija la normativa vigente

Esta documentación podrá ser solicitada al momento del embarque o durante el viaje.

 Tarifas y rol de las empresas

La resolución habilita a las empresas de transporte a:

  • Cobrar una tarifa adicional por el traslado de mascotas, respetando la Ley de Defensa del Consumidor

  • Establecer condiciones propias según:

    • Especie o raza

    • Peso, edad y tamaño

  • Definir protocolos de limpieza y desinfección

  • Organizar servicios o frecuencias específicas que admitan animales

 Los perros guía o de asistencia continuarán viajando gratuitamente, tal como lo establece la Ley 26.858.

Además, las terminales y estaciones deberán contar con espacios señalizados y acondicionados para la espera y el abordaje de pasajeros que viajen con mascotas.

 Un cambio histórico

Con esta medida, el Gobierno deja sin efecto prohibiciones que regían desde hace décadas, algunas vigentes desde 1936, y formaliza una práctica que ya comenzaba a implementarse de manera limitada en ciertos servicios.

La resolución representa un avance en materia de derechos de los usuarios, bienestar animal y adaptación del transporte público a nuevas formas de movilidad, cada vez más frecuentes en el país.

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