Permiten llevar mascotas en trenes y colectivos de larga distancia: qué animales se podrán trasladar y bajo qué condiciones
POR: LUCRECIA MANCUELLO
El Gobierno nacional oficializó una medida largamente esperada por miles de usuarios: a partir de ahora se permitirá el traslado de mascotas en trenes y colectivos de larga distancia de jurisdicción nacional. La decisión quedó plasmada en la Resolución 2076/2025 del Ministerio de Economía, publicada este martes en el Boletín Oficial.
Se trata de un cambio histórico que regula por primera vez una práctica que hasta ahora estaba prohibida o solo se autorizaba de forma excepcional, con el objetivo de garantizar seguridad, bienestar animal y convivencia con los pasajeros.
¿Qué animales se pueden llevar?
La norma define como animal doméstico a todo animal de compañía que conviva con el ser humano en un entorno hogareño, sin fines comerciales ni de consumo.
👉 Se permiten mascotas como perros y gatos, siempre que cumplan las condiciones establecidas.
🚫 Quedan excluidos los animales con otros fines y no se modifica el régimen de los perros guía o de asistencia, que continúan viajando bajo su normativa específica y sin costo.
Condiciones de traslado
Las mascotas deberán viajar:
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Dentro de un contenedor o transportín cerrado, adecuado para el traslado animal
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Garantizando salubridad, ventilación y seguridad
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Ubicado:
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Sobre la falda del pasajero
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Debajo del asiento delantero
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O en el asiento contiguo a la ventana, asegurado con cinturón de seguridad
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Reglas clave:
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Un solo animal por pasajero mayor de edad
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Un solo animal por transportín
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El dueño es responsable de la custodia, higiene, salud y comportamiento del animal durante todo el viaje
Documentación obligatoria
Para abordar, será obligatorio presentar:
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Certificado de vacunación antirrábica
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Otras certificaciones sanitarias que exija la normativa vigente
Esta documentación podrá ser solicitada al momento del embarque o durante el viaje.
Tarifas y rol de las empresas
La resolución habilita a las empresas de transporte a:
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Cobrar una tarifa adicional por el traslado de mascotas, respetando la Ley de Defensa del Consumidor
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Establecer condiciones propias según:
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Especie o raza
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Peso, edad y tamaño
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Definir protocolos de limpieza y desinfección
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Organizar servicios o frecuencias específicas que admitan animales
Los perros guía o de asistencia continuarán viajando gratuitamente, tal como lo establece la Ley 26.858.
Además, las terminales y estaciones deberán contar con espacios señalizados y acondicionados para la espera y el abordaje de pasajeros que viajen con mascotas.
Un cambio histórico
Con esta medida, el Gobierno deja sin efecto prohibiciones que regían desde hace décadas, algunas vigentes desde 1936, y formaliza una práctica que ya comenzaba a implementarse de manera limitada en ciertos servicios.
La resolución representa un avance en materia de derechos de los usuarios, bienestar animal y adaptación del transporte público a nuevas formas de movilidad, cada vez más frecuentes en el país.